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Tertulia Fiscal: Los pactos sucesorios: aplicación práctica en el IRPF y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

RESEÑA TERTULIA FISCAL. DÍA 7 DE NOVIEMBRE DE 2012. El día 7 de noviembre de 2012, y en colaboración con la Delegación en el País Vasco de la Asociación Española de Asesores Fiscales, se celebró en los locales de la Academia Vasca de Derecho sitos en la Alameda de Recalde, 8-1º, una nueva Tertulia Fiscal que giró sobre la fiscalidad de los pactos sucesorios en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. A la misma asistió una nutrida concurrencia de compañeros dedicados al ámbito tributario, funcionarios del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, y destacados profesores de la Universidad de Deusto, expertos en materia de fiscalidad foral. De la exposición inicial se encargaron los compañeros de la Academia y abogados, Don Javier Muguruza Arrese y Don Javier García Ross, quienes para la ocasión habían preparado una presentación como guía de su explicación en la que se fue abordando en primer lugar, el tema de la naturaleza y características de los pactos sucesorios en el ámbito de derecho privado, para continuar con los aspectos fiscales en los dos Impuestos indicados. Como es habitual en estas tertulias, el tema práctico fue su eje fundamental. Así, Don Javier Muguruza Arrese deleitó a la concurrencia con una consecución de casos prácticos reales que con su magistral oratoria, sirvió para poner de manifiesto la plena vigencia de los pactos sucesorios, y sobre todo, su vertiente fiscal y de aplicación directa en el día a día de los despachos; mientras que Don José Javier García Ross, hizo más hincapié en su plasmación jurídica en las Normas Forales del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre la Renta, en los criterios interpretativos emanados del propio Departamento de Hacienda, y en los artículos doctrinales publicados al respecto, entre los que destacó los del compañero Iñaki Alonso Arce sobre el particular. El debate se centró en el difícil discernimiento entre el concepto de donación de un bien singular y el pacto sucesorio con eficacia de presente, sobre todo cuando puede influir en cuestiones tales como la determinación del punto de conexión a efectos de la exacción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la aplicación de las reducciones por parentesco o discapacidad o en la exención de la transmisión, también en el mismo Impuesto, e incluso en la exención de la llamada “plusvalía del muerto” en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como en la perdida de la misma por la transmisión en vida del instituyente del bien adjudicado en virtud del pacto sucesorio con eficacia de presente. La reunión tuvo una duración de una hora y media aproximadamente, en la que hubo tiempo incluso para abordar la nueva regulación de los pactos sucesorios planteada en la nueva propuesta de Ley Civil Vasca, elaborada por la Sección de Derecho Privado de la propia Academia, y por el Grupo de Derecho Civil Foral del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia, que va a permitir extender a todo aquel que tenga vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco poder ordenar su sucesión mediante la formalización de un pacto sucesorio, no sólo en su dos vertientes, con eficacia de presente o post morten, sino también de transmisión del patrimonio familiar, de utilidad y actualidad por su posibilidad de aplicación directa en los llamados protocolos familiares. Los asistentes felicitaron tanto a la Academia como a la Delegación en el País Vasco de la Asociación Española de Asesores Fiscales, aunque se volvió a poner de manifiesto la escasez de plazas que se pudieron ofertar debido a limitación propia de los locales de la Academia. Tal es así que la admisión a la convocatoria tuvo que ser cerrada con una semana de antelación al desbordarse el número de las inscripciones.


  • Start date: 07/11/2012
  • End date: 07/11/2012
  • Place: Alameda de Recalde, 8-1º Dcha. 48009-Bilbao